Pago de multas de la Seguridad Social en cuotas

La Secretaría de Trabajo estableció los requisitos para los planes de pago por sanciones hasta $ 50.000.

Mediante la Resolución 975/11, publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Trabajo estableció los términos y condiciones a los que deberán ajustarse los planes de pago por multas por incumplimiento a las obligaciones con la Seguridad Social cuyo monto no supere la suma de $ 50.000 que autoricen los Delegados Regionales.

Plazo. El interesado deberá manifestar la voluntad de acogerse a este régimen dentro de los 15 días contados a partir del día siguiente a la notificación que impuso la sanción. Para esto, deberá presentarse ante la Delegación Regional en la cual tramitan las actuaciones el "Formulario de adhesión de Pago en Cuotas" que se le entregará en sede administrativa.
De ser posible, en el mismo acto de presentación de la solicitud la Administración resolverá, la emisión de la constancia que concede el pago de las multas en cuotas.
En caso contrario, el acto administrativo que otorga el pago en cuotas será notificado, junto con las boletas de depósito, al mail que el solicitante consigne en el escrito de solicitud. En caso de no prosperar ninguno de los sistemas descriptos, el peticionante deberá concurrir en el plazo de 5 días hábiles, ante la dependencia en la que efectuó la solicitud, a fin de notificarse de lo resuelto.
Monto mínimo. El monto de cada cuota otorgada no podrá ser inferior a $ 1.000, sin tener en cuenta los intereses.

Cantidad de cuotas. El número total de cuotas no podrá ser superior a 24.


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