Diputados dio media sanción ayer a la iniciativa que faculta al Ejecutivo a modificar el artículo 23 de la ley.
La iniciativa que plasma en la ley del Impuesto a las
Ganancias las resoluciones que aplica la AFIP para los ejercicios fiscales 2010 y 2011, ingresó esta semana al Congreso, tiene fecha del 5 de diciembre y fue firmada por el entonces ministro de Economía y actual vicepresidente Amado Boudou.

Ayer, la Cámara de Diputados le dio media sanción y la semana próxima será tratada por el Senado, para luego ser promulgada.
El primer artículo establece las deducciones permitidas para trabajadores dependientes y autónomos en el ejercicio fiscal 2010:
- Ganancia no imponible: $ 10.800.
- Cargas de familia
- Cónyuge: $ 12.000.
- Hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 24 años o incapacitado para el trabajo: $ 6.000.
- Otras cargas (nieto, nieta, bisnieto o bisnieta menor de 24 o incapacitado, padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, bisabuela, padrastro y madrastra, hermano o hermana menor de 24 o incapacitado, suegro, suegra, yerno o nuera menor de 24 o incapacitado): $ 4.500.
Para deducir a cualquiera de estos familiares deben tener un ingreso anual inferior a $ 10.800.
- Deducción especial para autónomos: $ 10.800.
- Deducción especial para trabajadores en relación de dependencia: $ 51.840.
En tanto, el artículo 2º de la iniciativa aprobada ayer establece las deducciones permitidas vigentes en la ley y en el artículo siguiente se menciona que entrarán en vigencia a partir del ejercicio fiscal 2011:
- Ganancia no imponible: $ 12.960.
- Cargas de familia
- Cónyuge: $ 14.400.
- Hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 24 años o incapacitado para el trabajo: $ 7.200.
- Otras cargas (nieto, nieta, bisnieto o bisnieta menor de 24 o incapacitado, padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, bisabuela, padrastro y madrastra, hermano o hermana menor de 24 o incapacitado, suegro, suegra, yerno o nuera menor de 24 o incapacitado): $ 5.400.
Para deducir a cualquiera de estos familiares deben tener un ingreso anual inferior a $ 12.960.
- Deducción especial para autónomos: $ 12.960.
- Deducción especial para trabajadores en relación de dependencia: $ 62.208.
En tanto, en el artículo 4º, se establece una cuestión que generó críticas de los legisladores de la oposición ya que el Poder Legislativo delega en el Ejecutivo la potestad de modificar los montos de deducciones. El artículo sostiene: “Facúltese al Poder Ejecutivo a incrementar los montos previsto en el artículo 23 de la ley de impuesto a las ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, en orden a evitar que la carga tributaria del citado gravamen neutralice los beneficios derivados de la política económica y salarial asumida”.
De esta manera, si como se prevé el proyecto se convierte en ley, a partir de 2012, la Presidenta podrá establecer los montos de la ganancia no imponible y las deducciones permitidas (y por ende, el piso a partir del cual trabajadores y autónomos pagarán el tributo) sin pasar por el Congreso.
Ver proyecto.
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