La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aumentará significativamente la cantidad de contribuyentes que deberán informar online las compras que realizan. La mira está puesta sobre las empresas y particulares que ya facturan electrónicamente y que aún no han sido incluidos en la nueva obligación.
De acuerdo a la información a la que pudo accder iProfesional.com, el fisco nacional se encuentra redactando una nueva resolución que ampliará la cantidad de sujetos obligados a ingresar al sistema de Cruzamiento Informático de Transacciones Importantes (CITI-Compras).
Al tratarse de compañías y particulares que ya se encuentran en el régimen de factura electrónica, la avanzada le permitirá al fisco nacional conocer de inmediato el monto de las compras y de las ventas informadas a través de la web.
De esta manera, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray da un paso más hacia la declaración jurada proforma del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Más precisamente, la AFIP le dirá a las empresas y particulares cuánto IVA deben pagar mensualmente.
Ampliar el padrónEl mencionado régimen obliga, actualmente, a más de 20.000 responsables a informar mensualmente el detalle de las compras realizadas. La idea del fisco es duplicar la cantidad de sujetos obligados en mediano plazo.
Desde Tributum, Mario Goldman Rota, consultor tributario, destacó que ya son muchas las empresas y los contribuyentes que se encuentran obligados por tres regímenes simultáneos:
- Facturación electrónica.
- CITI-Compras.
- Sistema de Control de Retenciones (SICORE).
"No resulta casual, que un gran número de contribuyentes, que se encuentran en el régimen de factura electrónica, sean nuevos sujetos obligados a informar las compras que generan crédito fiscal en el IVA", agregó el experto.
En igual sentido, Marcelo Domínguez, miembro de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) adelantó que, en un futuro próximo, tanto el "CITI Compras" como el "CITI Ventas" se presentarán en formato web. En la actualidad, los regímenes corren bajo el SIAP, sistema provisto por la AFIP.
Factura electrónicaComplementariamente, los sujetos que ya dejaron atrás la facturación manual deben utilizar el nuevo software denominado "Factura Electrónica. Régimen de Información de Operaciones - Versión 2.0 Release 1".
El programa aplicativo perfecciona el detalle sobre el precio y las cantidades vendidas que deben informar los contribuyentes bajo la mira.
También obliga a declarar un código numérico, estandarizado y unívoco, para cada bien o servicio facturado a través del régimen de comprobantes web.
Al respecto, desde Kaplan, Volman & Asociados, Mario Volman advirtió que "el cliente que recibe una factura electrónica, con los códigos de los productos numéricos y estandarizados, aún cuando no esté por el momento obligado a emitir facturas electrónicas, no podrá ocultar haber perfeccionado dicha compra y, en consecuencia, se achica el mercado informal de comercialización".
Comprobantes electrónicos "truchos"Por último, la AFIP puso en marcha un nuevo micrositio que permite a los receptores de comprobantes -incluídos los electrónicos- verificar que cada una de las facturas se encuentre autorizada por el fisco nacional.
Para llevar adelante la consulta se deben ingresar los siguientes datos:
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Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del emisor de la factura.
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Clave de Autorización de Impresión (CAI) del comprobante.
-
Fecha de emisión de la factura.
-
Tipo y número de comprobante.
Oportunamente, el titular de la Dirección General Impositiva (DGI), Ángel Toninelli, había anticipado que se depuraría "la base APOC".
La información que contiene dicha base de datos corresponde a facturas o documentos equivalentes que, por algún motivo, fueron calificados como apócrifos.
"Los
datos son de carácter meramente informativos, con una función
preventiva, ya que se han detectado casos de facturas o documentos
equivalentes que correspondían a firmas totalmente inexistentes, como
así también a empresas reales a las que se les pudo haber falsificado
documentación", puntualizaron desde la AFIP.
* Fuente: Iprofesional.com